2. ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA Conforme al Artículo 48 del Reglamento de paisaje de la Comunidad Valenciana los Estudios de Integración Paisajística se elaborarán en los casos previstos en el artículo 11.3 de la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje valorando la incidencia en el paisaje de las actuaciones que tengan por objeto nuevos crecimientos urbanos o la implantación de nuevas infraestructuras. |
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Plan de Participación Pública |